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Qué es el ATS SRI: guía completa del Anexo Transaccional Simplificado

·Equipo SRIFlow
Contador revisando el reporte ATS SRI en la computadora

Si trabajas en contabilidad en Ecuador, tarde o temprano te toca preparar el ATS. Y aunque el nombre completo suena imponente —Anexo Transaccional Simplificado—, la idea detrás es bastante directa: el SRI te pide cada mes un resumen estructurado de las compras, ventas, retenciones y comprobantes anulados de tu contribuyente. Ese resumen viaja como un archivo XML que se sube al portal y deja el rastro fiscal completo del periodo.

En esta guía te explicamos qué es el ATS SRI, qué información reporta, quién está obligado a presentarlo y cuáles son los errores más comunes que vemos en los estudios contables. La idea es que termines la lectura sabiendo exactamente qué se espera de ti y con un par de ideas prácticas para reducir el tiempo de armado.

Qué es el ATS SRI

El Anexo Transaccional Simplificado (ATS) es un reporte tributario que el Servicio de Rentas Internas (SRI) exige a los contribuyentes designados como obligados. Funciona como complemento del formulario 104 (declaración de IVA) y entrega al SRI el detalle de cada transacción que se resumió en la declaración.

Mientras el formulario 104 te pide totales, el ATS te pide la lista uno a uno de los comprobantes que sustentan esos totales: número de autorización, RUC del proveedor o cliente, base imponible por tarifa de IVA, retenciones aplicadas, fecha de emisión y estado del comprobante.

📌 El ATS no es un impuesto adicional. Es un anexo informativo: declaras lo mismo, pero con el detalle desagregado que permite al SRI cruzar tus datos contra los de tus contrapartes.

ATS vs formulario 104: la diferencia clave

ConceptoFormulario 104ATS
Tipo de documentoDeclaraciónAnexo informativo
Nivel de detalleTotales por casillaComprobante por comprobante
FrecuenciaMensual o semestralMensual
FormatoFormulario onlineArchivo XML
SustentaEl cálculo del IVACada línea del cálculo

Quién está obligado a presentar el ATS

Aquí hay que ir con cuidado porque no todos los contribuyentes presentan ATS. El SRI publica periódicamente la lista de contribuyentes obligados, pero los criterios generales son:

  • Sociedades (empresas, fundaciones, organizaciones sin fines de lucro con actividad económica).
  • Personas naturales obligadas a llevar contabilidad según los umbrales del Reglamento.
  • Contribuyentes especiales designados por el SRI.
  • Instituciones del sector público que actúan como agentes de retención.

Las personas naturales no obligadas a llevar contabilidad y los contribuyentes del régimen RIMPE Negocio Popular no presentan ATS. Si estás dentro del RIMPE Emprendedor, revisa tu obligación porque depende del nivel de ingresos y de la designación específica del SRI.

⚠️ Verifica siempre en el RUC de tu cliente las obligaciones tributarias activas. Si dice "Anexo Transaccional Simplificado", estás obligado mes a mes. Una declaración omitida genera multa automática.

Qué información reporta el ATS

El ATS reporta cuatro grandes bloques de información del periodo:

1. Compras y adquisiciones

Por cada comprobante recibido (factura, liquidación de compras, nota de venta del régimen especial, etc.) el ATS pide:

  • Tipo de comprobante y número de autorización.
  • RUC e identificación del proveedor.
  • Fecha de emisión y de registro contable.
  • Base imponible por cada tarifa de IVA (0%, 5%, 8%, 12%, 13%, 15% según corresponda al periodo).
  • Valor del IVA pagado.
  • Retenciones aplicadas en la fuente y en el IVA.
  • Forma de pago.

2. Ventas

Tus ventas se reportan agrupadas. El SRI no exige factura por factura cuando son ventas a consumidor final dentro de los rangos permitidos, pero sí distinguidas por:

  • Tipo de cliente (consumidor final, contribuyente especial, sector público, exportación).
  • Tarifa de IVA aplicada.
  • Total facturado y total de IVA cobrado.

Las ventas con factura de exportación y las que generan crédito tributario sí se desagregan en mayor detalle.

3. Retenciones efectuadas

Cada vez que actúas como agente de retención y emites un comprobante de retención, ese documento entra al ATS con:

  • Número de autorización del comprobante de retención.
  • Porcentaje aplicado (1%, 1,75%, 2%, 2,75%, 8%, 10%, 30%, 70%, 100%).
  • Base imponible y valor retenido.
  • Factura o comprobante asociado al cual se le aplicó la retención.

4. Comprobantes anulados

Si emitiste y luego anulaste comprobantes en el periodo, deben reportarse igual. El SRI cruza la lista de autorizaciones contra lo que tú declaras: una autorización ausente o duplicada dispara un aviso de inconsistencia.

Cómo se prepara el ATS

Hay dos caminos típicos. Uno con la herramienta oficial del SRI (DIMM Anexos) y otro con software contable o de automatización que ya entregue el XML armado.

Camino 1: DIMM Anexos

El SRI ofrece el DIMM Anexos, una aplicación de escritorio gratuita. Descargas el instalador desde sri.gob.ec, eliges el anexo (ATS), capturas o importas los comprobantes y la herramienta genera el XML final.

El cuello de botella está en alimentar la información. Si lo haces manualmente, cada factura es una pantalla con 10 campos. Para volúmenes bajos sirve; para una cartera de varios RUC se vuelve inviable.

Camino 2: importar desde tu contabilidad

Aquí entra la automatización. Si tu sistema contable ya tiene los comprobantes registrados, puede exportar un archivo de importación que el DIMM lee de un golpe. La calidad del archivo depende de qué tan bien estén capturados los XML originales.

Descargar los comprobantes del SRI en bloque y procesarlos con un Excel desglosado por tarifa es la base para armar el ATS rápido. Sin esa base, vas a estar peleando con cada fila.

Camino 3: cargar el XML directo

Si tu herramienta genera el XML del ATS con el esquema oficial, no necesitas pasar por el DIMM: subes el archivo directamente desde SRI en Línea → Anexos → ATS. Esta es la ruta que usan los estudios contables con mayor volumen.

Plazos de presentación del ATS

El ATS se presenta mensualmente, hasta el último día del mes siguiente al periodo. Es decir, el ATS de enero se presenta hasta el último día de febrero. El día exacto depende del noveno dígito del RUC.

Noveno dígitoDía máximo
110
212
314
416
518
620
722
824
926
028

Si el día máximo cae en sábado, domingo o feriado nacional, se traslada al siguiente día hábil. Para el calendario detallado de cada periodo, revisa cuándo presentar el ATS.

⚠️ Sanciones por incumplimiento: presentar el ATS fuera de plazo genera multa pecuniaria y, en reincidencia, posible clausura. El monto base depende del tipo de contribuyente y del tiempo de retraso.

Errores frecuentes al armar el ATS

Cruces con compras de proveedores que no han subido sus ventas

Aunque tú declares correctamente, si el proveedor no presentó su ATS o lo presentó con errores, vas a recibir notificaciones de inconsistencia. Conviene cruzar tu ATS contra el portal del SRI antes de enviar.

Tarifas de IVA mezcladas

Cuando el periodo abarca un cambio de tarifa (por ejemplo, el paso de 12% a 13% o de 13% a 15%), es común que queden facturas mal clasificadas. Filtrar por fecha de emisión y verificar la tarifa aplicada en cada factura evita rechazos.

Comprobantes anulados no reportados

Es uno de los errores más caros porque genera diferencias con el cruce automático del SRI. Asegúrate de descargar también los comprobantes en estado "Anulado" del periodo.

Retenciones cargadas en la columna equivocada

El ATS distingue retención en la fuente (impuesto a la renta) de retención de IVA. Confundir las columnas genera un total de retenciones distinto al del formulario 103 y dispara alertas.

Preguntas frecuentes

¿El ATS reemplaza al formulario 104?

No. El ATS es complementario al 104. Primero declaras el IVA en el formulario 104 y luego envías el ATS con el detalle. Ambos deben cuadrar entre sí.

¿Qué pasa si presento el ATS con datos incorrectos?

Puedes presentar un ATS sustitutivo corrigiendo la información. Mientras no haya notificación previa del SRI, la sustitución no genera multa. Después de notificación, sí puede haber sanción.

¿Puedo presentar el ATS de varios meses juntos?

No. Cada periodo se presenta por separado y con su propio XML. Si te atrasaste varios meses, debes subir uno por uno empezando por el más antiguo.

¿Tengo que presentar ATS si no tuve actividad?

Si estás obligado y no tuviste movimientos en el mes, debes presentar un ATS en cero. La obligación de presentar no depende de tener actividad: depende de tu estatus de contribuyente.

¿En qué se diferencia el ATS del REOC?

El REOC (Reporte de Operaciones con Tarjetas de Crédito) es otro anexo distinto, dirigido a emisores de tarjetas. El ATS aplica a contribuyentes en general. No son intercambiables.

¿Qué pasa si descargo mal un comprobante y queda inconsistente?

Lo más común es que el RUC del proveedor venga mal capturado o que falte un dígito en la autorización. El DIMM marca esas filas como error y no permite generar el XML hasta corregirlas. Por eso conviene partir de XML originales del SRI y no de captura manual.

Conclusión

El ATS es una de las obligaciones más exigentes del calendario tributario ecuatoriano por el nivel de detalle que pide, pero también una de las más automatizables si parte de buenos datos. Tener los comprobantes descargados, renombrados y con IVA desglosado desde el inicio del mes te ahorra tener que improvisar el último día del plazo.

Si gestionas varios RUC o si los volúmenes mensuales superan los 100 comprobantes, vale la pena profesionalizar el flujo de descarga y armado del Excel base.

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