Calendario tributario SRI 2026: IVA, retenciones y ATS

En el SRI no todos declaran el mismo día: tu fecha depende del noveno dígito de tu RUC. Eso, que parece un detalle, es la causa número uno de multas evitables: contadores que asumen «el 20» para todos y llegan tarde con la mitad de sus clientes. Tener claro el calendario del año, por obligación y por dígito, es lo que separa un cierre ordenado de una carrera contra el reloj.
Esta guía resume el calendario tributario 2026 del SRI para las obligaciones más comunes —IVA, retenciones y ATS— y cómo organizarte para no llegar nunca al último día.
Cómo funcionan las fechas del SRI
La regla base: cada obligación mensual o semestral vence en un día que se corre según el noveno dígito del RUC. El dígito 1 declara primero (alrededor del día 10 del mes siguiente) y el 0 al final (cerca del 28). Si la fecha cae en fin de semana o feriado, se corre al siguiente día hábil.
| Noveno dígito | Día de vencimiento (aprox.) |
|---|---|
| 1 | 10 |
| 2 | 12 |
| 3 | 14 |
| 4 | 16 |
| 5 | 18 |
| 6 | 20 |
| 7 | 22 |
| 8 | 24 |
| 9 | 26 |
| 0 | 28 |
El día exacto lo fija el SRI cada año; usa esta tabla como guía y confirma en el portal. Lo que no cambia es la lógica: tu dígito manda.
IVA — Formulario 104 / 104A
- Régimen general: IVA mensual con el formulario 104. Vence en el mes siguiente según tu dígito.
- RIMPE Emprendedor: IVA semestral con el formulario 104A. Primer semestre (ene–jun) se declara en julio; segundo (jul–dic) en enero del año siguiente.
- RIMPE Negocio Popular: no declara IVA; paga cuota.
Retenciones — Formulario 103
Si eres agente de retención, el formulario 103 de retenciones en la fuente se presenta mensual, con la misma lógica del noveno dígito. Va de la mano con el IVA: mismo mes, misma fecha por dígito.
ATS — Anexo Transaccional Simplificado
El ATS tiene su propio calendario, generalmente mensual para quienes están obligados, y también corre por el noveno dígito. Presentarlo tarde —o no presentarlo— tiene multa, así que entra en la misma planificación que el 104 y el 103.
Cómo no llegar tarde nunca
- Declara antes de tu día, no en tu día. El portal se satura y a veces no deja avanzar justo en la fecha.
- Baja los comprobantes apenas cierra el mes, no cuando toca declarar. Así el Excel ya está listo cuando llega tu fecha.
- Agrupa a tus clientes por dígito para saber qué semana te toca cada uno.
Otras fechas que no debes olvidar
Más allá del IVA, retenciones y ATS mensuales, el año tiene hitos que se cuelan:
- Impuesto a la Renta: las sociedades y personas naturales obligadas declaran una vez al año (marzo/abril según el tipo de contribuyente), también por noveno dígito.
- Anexos anuales (según tu caso): tienen sus propias fechas y suelen olvidarse por ser una vez al año.
- RIMPE: recuerda que el IVA es semestral (104A) y que la cuota del Negocio Popular tiene su propio vencimiento.
La regla que salva: al empezar el año, marca en un calendario tus fechas por dígito para cada obligación que te aplica. Lo que se planifica una vez en enero no se convierte en emergencia en cada cierre.
Qué pasa si declaras tarde
Una declaración fuera de plazo genera multa más intereses, y el monto crece mientras más te demores. Peor: acumular obligaciones pendientes te bloquea trámites como certificados de cumplimiento o créditos. La fecha no es una sugerencia; es la línea entre cumplir y pagar de más por nada.
Cómo organizar el mes con varios clientes
Para un contador con cartera, el calendario no es una fecha sino un rompecabezas de fechas distintas por cliente. La forma de no perderse es agrupar a los clientes por noveno dígito: así sabes que la primera semana del mes te tocan los dígitos bajos y la última los altos. Con esa lista, el trabajo se ordena solo: descargas y armas los Excel de cada grupo unos días antes de su vencimiento, no todo junto el día 28.
Una tabla simple —cliente, noveno dígito, obligaciones, estado— pegada a la vista convierte el caos de fin de mes en una fila ordenada. Y como los dígitos no cambian, esa tabla se arma una vez y sirve todo el año.
Preguntas frecuentes
¿Dónde veo mi fecha exacta? En el portal del SRI, según el noveno dígito de tu RUC. La tabla de arriba es la guía; el día puntual lo fija el SRI cada año.
¿Qué pasa si mi fecha cae en feriado? Se corre al siguiente día hábil. Aun así, conviene declarar antes para no depender del portal saturado.
¿El RIMPE declara IVA cada mes? No. El RIMPE Emprendedor declara IVA semestral con el 104A; el general va mensual con el 104.
¿Puedo adelantar mi declaración? Sí, y es lo recomendable. Declarar antes de tu día evita las caídas del portal en la fecha límite.
El cuello de botella real
La fecha rara vez es el problema; el problema es llegar a ella con los comprobantes sin bajar y el Excel sin armar. Ese trabajo previo es el que se acumula y te empuja al último día. Bajar los comprobantes del mes en cuanto cierra, de forma automática y con el Excel desglosado listo, te da varios días de margen antes de tu vencimiento.
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